EN CONSECUENCIA; Deberá permanecer adolescente (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA),, los niños (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), y (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA),, bajo la responsabilidad de custodia de su tío paterno, ciudadano JOSE LUIS AGUILAR OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.438.489, domiciliado en Guarataro Sector Recta 2 Parroquia San Javier Municipio San Felipe del estado Yaracuy; en el hogar de éste, la cual tendrá la representación legal, pudiendo realizar normal y expeditamente trámites ante cualquier institución pública o privada que precise realizar a favor del adolescente y los niños, así como diligencias pertinentes y necesaria de la vida cotidiana del adolescente y los niños; sin vulnerar las garantías constitucionales y legales en interés superior del adolescente y los ni.....