ME INHIBO de conocer el presente Recurso de Hecho, por encontrarme incursa en la causal contemplada en el numeral 5º del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo".- Por tanto, a los fines de asegurar en forma transparente la Tutela Judicial Efectiva a la que se refiere el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debo manifestar que me encuentro impedida de decidir el asunto que aquí corresponde. Ante la inhibición planteada y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en virtud de existir un solo Juzgado Superior en esta sede judicial; se ordena remitir mediante oficio copia certificada de las actuaciones a la Coordinadora Laboral de esta Circunscripción Judicial, a fin que designe quien será el Juez Accidental competente para el conocimiento de la presente inhibición. Fórmese un Cuaderno Separado, líbrese oficio y déjese copia certificada de la presente acta en el expediente. Es todo, termino.....