DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, condena al ciudadano: JOSE EFRAYN SANABRIA HURTADO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 7.516.230 y de este domicilio a:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación alimentaria mensual a favor de los niños: (Identificación reservada), por la cantidad de CUARENTA MIL (Bs.40.000) semanales, que deberá consignar en efectivo, al inicio de cada semana, por ante este Juzgado o a la cuenta de ahorros que al efecto se abra.
Segundo: En los meses de Agosto y Diciembre de cada año, el demandado deberá cumplir, adicionalmente, a lo fijado como obligación alimentaria, con el pago de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.250.000), dada la necesidad de los niños, en esos períodos, de comprar útiles escolares, uniforme y bienes de fin de año, lo cual se fija independientem.....