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En consecuencia, por los razonamientos anteriormente señalados, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; PRIMERO: RECONOCIDO el instrumental privado presentado por la ciudadana SORAIKA SOBODKA ANAHOLI SIVIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.368.983, asistida por el Abg. JOSÉ LUÍS PORTILLO DOMÍNGUEZ, inscrito en el Instituto Previsión Social del Abogado bajo el N° 117.685, relacionado a una venta de un inmueble constituido por una vivienda ubicada en la calle cuatro (4), casa Nº 53, de la Urbanización la Ascensión Municipio san Felipe Estado Yaracuy, la cual se encuentra construida en una superficie total de Doscientos Sesenta y Dos con Trece centímetros Cuadrados (262,13M2), comprendida dentro de los linde.....