Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; e igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia, este Tribunal considera que por cuanto no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado y a su vez quien Juzga les recomienda a las partes reunirnos en la próxima Audiencia aquí Prolongada, tanto la Actora en la persona de la ciudadana: MARIA S. QUIROGA SUAREZ, antes identificada, como con el ciudadano: GUMERSINDO GIMENEZ HERNANDEZ , identificado en autos, por lo tanto se les insta a los Apoderados Judiciales de las partes comparecer a la Celebración de dicha Audiencia aquí Prolongada en compañía de sus representados antes mencionados, por consiguiente se acuerda PROLONGAR esta Audiencia Preliminar para el día MARTES 06-05-2008, a las 02:00 PM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la.....