Recibida del Órgano Distribuidor, en este Juzgado Segundo de Municipio con competencia especial, otorgada mediante Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02 de Abril de 2009, la presente solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPO, suscrita y presentada por los cónyuges Mariely del Pilar Arenas López y Rafael Antonio Huerta Venot, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad número V-10.143.881 y 7.915.338 respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio Moisés Manuel Ferrer, inscrito en el Inpreabogado con el número 115.496. Désele entrada y curso de ley. Fórmese expediente. Admítase cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. SE DECLARA DICHA SEPARACIÓN DE CUERPO EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES POR ELLOS CONVENIDOS. Todo de conformidad a lo establecido en el artículo 188 y siguientes de.....