Por cuanto de la revisión efectuada al expediente N° JSA-2015-000276 (nomenclatura particular de este Juzgado), se constata que en fecha veintitrés (23) de abril de 2015, este Juzgado Superior Agrario dictó MEDIDA PREVENTIVA DE ASEGURAMIENTO A LA BIODIVERSIDAD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL de las fuentes naturales de producción, captación y suministro de agua potable para las poblaciones de los Municipios Peña, Páez, Urachiche, Sucre, Cocorote, Independencia, San Felipe, Veroes, Bastidas, Bruzual, Nirgua y Bolívar del estado Yaracuy; en atención a ello, el día diecisiete (17) de mayo de 2017, este tribunal determinó la Prejudicialidad de las causas Nº JSA-2016-000322; JSA-2016-000323; JSA-2016-000324; JSA-2016-000325; JSA-2016-000326; JSA-2016-000327; JSA-2016-000328; JSA-2016-000329; JSA-2016-000330; JSA-2016-000331; y JSA-2016-000332, tramitadas por ante este mismo Juzgado, en relación al expediente N° JSA-2015-000276 y dado que la presente solicitud de Medida Cautelar se encuentra entre .....