este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano LUIS GABRIEL RIVAS FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 11.602.935, en un, lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en la Calle Nº 04, de la Urbanización Juan José Caldera, del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, el cual un área de construcción de CIENTO TREINTA Y UN METROS CUADRADOS CON CERO CUATRO CÉNTIMETROS (131,04 Mts2); inmueble que está plantado en un lote de DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y DOS CENTÍMETROS (236,32 mts2). una casa de habitación con las siguientes características Un (01) porche, Una (01) sala, Un (01) comedor, Una (01) cocina, Un (01) lavadero, Tres (03) cuartos, Un (01) baño, con sus .....