Vista la apelación interpuesta por el ciudadano: CESAR ENRRIQUE DELGADO RAMOS, titular de la cedula de identidad Nº 7.558.510, en su carácter de demandado en el presente asunto, considera quien suscribe que la misma NO HA LUGAR en cuanto a Derecho se refiere, ya que la misma no está debidamente sustentada jurídicamente, tal y como se expreso en la sentencia emitida por este juzgado accidental para este asunto en fecha 29 de Junio del 2.015; por tanto este juzgado declara SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por el demandado.
Queda corregida la falta material en que se incurrió en la sentencia.