declara IMPROCEDENTE in limine litis la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano José Luis Ojeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.594, en representación de la ciudadana Erlinda Mercedes Silvera Liscano, contra el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, a cargo de la juez titular Abg. Wendy Yánez por la violación del artículo 49 de la Constitución Nacional por dos actos judiciales emanados del mismo como son: sentencia de fecha 31/3/2008 que declaró como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada un convenimiento presentado por los intervinientes en dicha solicitud y decisión de 17/7/2008 que declaró que negó la oposición formulada.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.