PRIMERO: "SIN LUGAR" el recurso ordinario de apelación, ejercido por la representación judicial de la parte querellante, contra la decisión de fecha 28 de abril de 2015, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE CONFIRMA" la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se declara "SIN LUGAR" la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JONNY ALBERTO RIVAS LOBO, contra la empresa CORPORACION ELECTRICA NACIONAL, S.A. (CORPOELEC), ambas partes plenamente identificadas a los autos. ASI SE DECIDE.