´CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, presentada por la abogado Eunice Cedeño, en su condición de Fiscal Séptima del Ministerio Publico de este estado, y con competencia en Materia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, actuando a solicitud de la ciudadana PERPETUA SOCORRO ANDRADE DE FREITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 9.350.684, en beneficio de la niña "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA", nacida en fecha 24 de mayo de 2018, en contra del ciudadano JUNIOR JOSE ESPINOZA REGALADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 25.927.837, quien se encuentra privado de libertad en las instalaciones del centro de Coordinación Policial Bruzual; en consecuencia la Responsabilidad de Crianza y el elemento de la Responsabilidad de Custodia de la niña "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA", la ejercerá la ciudadana PERPETUA SOCORRO ANDRADE DE FREITEZ.....