actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de los Ciudadanos: WILLIAM JOSE CASTILLO SANCHEZ, WILFREDO CASTILLO SANCHEZ, WILMER EDUARDO CASTILLO SANCHEZ, WILDER RAFAEL CASTILLO SANCHEZ y WILEIDYS DEYMAR CASTILLO SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-11.276.102, V-12.080.980, V-13.095.338, V-15.966.903, V-19.355.894