..., DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en fecha 24 de abril de 2015 contra la sentencia de fecha 17 de abril del mismo año.
En consecuencia:
1. Con lugar la acción de cumplimiento de contrato incoada por los ciudadanos Vicente Gravina Rizzuti y Blas Gravina Rizzuti contra la Firma Mercantil Ferriyandal C.A. por lo que se da por terminada la relación arrendaticia desde el día 01/07/2009.
2. La demandada Firma Mercantil Ferriyandal, arrendataria, ya disfrutó del tiempo de prorroga legal.
3. La demandada firma mercantil Ferriyandal C.A. debe hacer la entrega inmediata del inmueble arrendado ubicado la planta baja del Edificio LIRA, Avenida La Patria con Avenida 11, de esta Ciudad de San Felipe , Estado Yaracuy libre de personas y de cosas, tal y como fue convenido en el contrato del cual se solicitó su cumplimiento.
4. Se condena en costas a la parte demandada por haber salido perdidosa en el presente recurso.