Declara: HOMOLOGADO EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, quedando establecido que el ciudadano: YASMIL JOSE DURAN GARCIA , en virtud que cumplió en su totalidad con el pago de la deuda de obligación alimentaria que mantenía con su hija la niña identidad omitida, ofreció aumentar la pensión alimentaria a partir del presente mes, de la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,00) a CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES / CIENTO VEINTE BOLIVARES FUERTES (Bs. 120.000,00 / Bs. F. 120,00) mensuales, los cuales depositará los días 30 de cada mes; en comprarle los ÚTILES ESCOLARES de acuerdo con la lista escolar en el mes de septiembre de cada año estimados en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES / DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES (Bs. 250.000,00 / Bs. F. 250,00); y en pasarle la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES / DOSCIENTOS OCHENTA BOLIVARES FUERTES (Bs. 280.000,00 / Bs. F. 280,00) en el mes de diciembr.....