PRIMERO: IMPARTIRLE LA HOMOLOGACION a la transacción celebrada en fecha 7-11-2013 por los accionantes Xiomara Elena Rivero Mirelis e Israel Pérez, titulares de la cédula de identidad Nros. 12.080.750 y 8.061.542, respectivamente, asistidos por el Abg. Humberto Brito Brito, inscrito en el Ipsa bajo el Nº 5.180, en la demanda interpuesta por ellos en contra del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, representado por el Alcalde Henry José González Figueroa, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, teniéndose la misma como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.