En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA TACHA SOLICITADA. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS interpuesta por el ciudadano EMILIO CEDEÑO RAMIREZ contra INVERSIONES LEDIMAR. TERCERO: SE CONDENA a INVERSIONES LEDIMAR al pago de conceptos y cantidades que se indicarán en el texto íntegro de la sentencia.
CUARTO: NO HAY EXPRESA CONDENATORIA EN COSTAS A LA DEMANDADA por no resultar totalmente vencidos. QUINTO: Este Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.