declara: CON LUGAR la RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO del ciudadano: DANIEL ENRIQUE VERGARA y la ciudadana MARIA DANELIS CASTILLO GALLEGOS, inserta ante el Registro Civil de Matrimonios de la Alcaldía Bolivariana del Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy, bajo el N° 20 del año 2.001. En el sentido que donde aparezca el error sea corregido de la manera siguiente: fue erróneamente asentado el número de cédula de identidad del contrayente DANIEL ENRIQUE VERGARA, así: 12.627.658, siendo lo correcto: 12.727.658.
Publíquese, regístrese, déjese copia y ejecútese la anterior sentencia y con oficio se remitirá copia certificada de dicha sentencia, al Registro Civil de Matrimonios de la Alcaldía Bolivariana del Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy y al Registro Principal del Estado Yaracuy, una vez que la parte interesada provea lo conducente para librar las copias en referencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 502 del Código Civil; y en virtud que la pres.....