Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso Ordinario de Apelación, ejercido por la representación judicial de la parte recurrente, contra la actuación de fecha 06 de junio de 2014, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE REVOCA" la recurrida actuación en los términos como ha sido señalado en el anterior capítulo y, en consecuencia se ordena al Tribunal a-quo para que oficie nuevamente a la Superintendencia de Bancos, a fin de solicitar la información requerida sobre la prueba de informe, exactamente con las mismas indicaciones especificadas en el escrito de promoción de pruebas oportunamente consignado en.....