Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
a) Perimida la Instancia en el Juicio de Cobro de Bolívares (Intimación), incoado por el abogado en ejercicio Carlos Eduardo Arango Andueza, inscrito en Inpreabogado con el número 50.639, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Financiadora 1C, C.A., en contra de la ciudadana Leomary Gutiérrez, todos identificados en la parte narrativa de este fallo.
b) No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil y a los fines del artículo 72, Ordinales 3ro. y 9no. de.....