este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA en los mismos términos en que fue expuesta la transacción formulada por los Abogados en ejercicio DERKYS ADELIS MENA e ILIANA C. FERNÁNDEZ GARCES, inscritos en el INPREABOGADO bajo los N° 115.293 y 126.107 respectivamente, en su condición de Representantes Legales de los ciudadanos CARMEN MACHIN y JOSÉ HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nºs E-202.965 y Nº 8.511.629 respectivamente. En consecuencia procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en el Artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.