este Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley este tribunal procede a:
PRIMERO: HOMOLOGAR El DESISTIMIENTO presentado por la parte querellante empresa CENTRAL MADEIRENSE C.A., del Recurso Contencioso Administrativo por ésta presentado. Homologación que se tramita de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil por remisión del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
SEGUNDO: Se ordena el cierre y archivo del presente expediente una vez que trascurran los lapsos de ley.