declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos NEOMAR YOEL MACHADO CORZO y JOHANA DANIELA SANTANA SUMOZA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédula de identidad Números V-13.405.548 y V-15.382.229, debidamente asistidos por la abogada MEILING SILVA GUTIERREZ, Inpreabogado Nº 106.253. En consecuencia, con respecto al niño Identidad Omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de 07 años de edad, este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida conjuntamente por ambos padres y en cuanto a la custodia será ejercida por la madre. SEGUNDO: En cuanto a la Obligación de manutención el padre aportará la cantidad de TRESCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs. 320,00) mensuales. Adicionalmente, el padre, se compromete aportar en el mes de septiembre la cantidad TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) y en el mes de diciembre TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.....