Por las razones de hecho y fundamentos de derecho antes expuestos, en aras de lograr Justicia y Paz Social en el campo; este Juzgado Superior Agrario del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Decide:
1.- Se declara COMPETENTE para conocer del Recurso de apelación interpuesto en fecha veintitrés (23) de marzo del 2009, por el Abogado GUIOMAR OJEDA ALCALÁ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 90.554, apoderado judicial de la ciudadana Emilia Ramos Vizcaya, titular de la cédula de identidad V-2.560.124, parte demandante en la presenta causa contra la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria del Estado Yaracuy, de fecha tres (03) de marzo del año 2009, en atención a lo dispuesto en el Artículo 240 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.
2.- Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación Interpuesto en fecha veintitrés (23.....