las partes han convenido en beneficio de sus hijas un Régimen de Convivencia Familiar y una Obligación de Manutención los cuales quedaron establecidos de la siguiente manera: Un Régimen de Convivencia Familiar de la manera siguiente: El padre buscará a sus hijas cada quince días, los días viernes en la tarde en casa de la madre y las devolverá los días domingo en horas de la tarde, las cuales deberán ser recibidas por la madre, en épocas de vacaciones escolares las niñas compartirán quince días con su padre, en cuanto al 24 y 31 de Diciembre los padres se pondrán de acuerdo que día pasarán con el padre y cual con la madre. En cuanto a la Obligación de Manutención se acordó lo siguiente: El padre pasará a sus hijas la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250) mensuales. En el mes de septiembre para útiles escolares y uniformes, los gastos serán compartidos entre los padre en un 50% cada uno, para el mes de diciembre los gastos serán igualmente compartidos entre ambos. Con los.....