Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve EJECUTAR LA SENTENCIA definitivamente firme dictada contra JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ARAUJO, plenamente identificado, en los términos ya señalados, debiendo en consecuencia el sancionado, cumplir con las medida de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de OCHO (8) MESES, conforme a lo dispuesto en los artículos 624 y 622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Publíquese, diarícese, regístrese, notifíquese a las partes. Ofíciese al Equipo Técnico. Fíjese oportunidad para la celebración de la audiencia correspondiente, en virtud de lo cual, remítanse las actuaciones a la Coordinación de Secretarios de este Circuito Judicial, a los fines de determinar dentro de la disponibilidad de la agenda única, la fecha y hora para dicho acto procesal. Cúmplase.
.....