Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Designar CURADOR AD-HOC del adolescente de autos, al ciudadano FREDDYS ELEUDO SALOM, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.407.802, de conformidad con el artículo 110 del Código Civil Venezolano, en virtud que la ciudadana FANNY YESAIRA ZALOM HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.424.994, contraerá nupcias próximamente.