Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE DIVORCIO NO CONTENCIOSO (185-A, sentencias 693/2014 y 446/2015), de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, incoado por el ciudadano LUIS ALFREDO DORANTE LUGO, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 17.320.666, asistido por la abogada YORNELLYS TRINIDAD SANCHEZ ALVARADO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 230.127, en contra de la ciudadana EMILID ROSMID AGÜERO PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.165.841.