declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora a través de su apoderado judicial, abogado RUBÉN RAFAEL RUMBOS GIL, contra la decisión dictada en fecha 09 de marzo de 2009, por el Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la demanda que por DESALOJO DE INMUEBLE, que incoara el abogado RUBÉN RAFAEL RUMBOS GIL, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad de comercio INVERSIONES AGROPECUARIAS ACOSTA PÉREZ, C.A, (INAPECA), inscrita por ante el Registro de Comercio llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, bajo el Nº 218, Folios 01 al 06, Tomo XLIII, adicional V, de fecha 01 de junio de 1991, y registrada en la actualidad por ante el Registro Mercantil del Estado Yaracuy, contra el ciudadano CAMILO GUILLERMO DONGO GONZÁLEZ DEL VALLE, venezol.....