este Tribunal Tercero de Juicio de Primera Instancia Penal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY: ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, contado a partir del día 10 de Diciembre de 2009, a favor del ciudadano NUMA FIDEA SALA GOMEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 16.823.881, de veinticuatro años de edad, soltero y residenciado en el barrio Peguaima, Calle21, entre Av. 8 y 9, Chivacoa del estado Yaracuy, imponiéndose las condiciones contenidas en el artículo 44 eiusdem consistentes en: 1° Debe residir en la siguiente dirección: avenida 8 y 9 calle 19 Barrio Peguaima Municipio Bruzual estado Yaracuy, y en caso de cambio debe notificar al tribunal, 2° Prohibición de consumir bebidas alcohólicas ni sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, 3° No acercarse a la víctima; 4° Cumplir con las condiciones que imponga su delegado de pruebas, y Presentarse por ante la Unidad T.....