Por lo que en atención a lo solicitado por la ciudadana NERIDA FREITEZ DE VALLARELLI, y desprendiéndose de la actas que conforman el expediente se observa que al concatenar los alegatos esgrimidos por la parte actora con la documental anexa a su solicitud, se evidencia que el Informe Técnico tiene más de Seis (06) meses de ser emitido por la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio San Felipe, lo cual debe estar Actualizado a la hora de presentar la solicitud, así mismo, el monto de las bienhechurías no coinciden, ya que por un lado tiene un valor de Veintitrés Mil De Bolívares (23.000,00 Bs) y por el otro Veintitrés Mil Millardos de Bolívares (23.000.000.000,00 Bs), por último, el Tribunal no tiene Jurisdicción en el Municipio Veroes, contraviniendo así los requisitos formales exigidos por los numerales 1° y 5º del artículos 340 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia del artículo 341 eiusdem Y ASÍ SE DECIDE:
Por los razonamientos anteriormente expues.....