este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y con fundamento a lo anterior, DECLARA RECONOCIDO en su contenido y firma el documento privado presentado por su firmante, cursante al folio Cuatro (04), conforme a las disposiciones del Articulo 631 del Código de Procedimiento Civil y en concordancia con el Articulo 1.364 del Código Civil. Devuélvase en original estas actuaciones a la solicitante tal como pretendió, asimismo se ordena dejar una (01) copia certificada de esta providencia para los archivos de este Tribunal. Désele salida, tómese razón en el Libro Diario y cúmplase con lo ordenado.