..., DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la APELACIÓN interpuesta por el Abg. JOSÉ CLEMENTE ANGULO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.838, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES LELAVIC, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda de fecha 28 de agosto de 1.979, bajo el Nº 49, Tomo 136-A segundo, contra el auto dictado en fecha 17 de abril de 2008 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, SEGUNDO: En consecuencia queda firme el auto antes mencionado, TERCERO: Por cuanto la sentencia recurrida fue confirmada en todas y cada una de sus partes se condena en costas a la recurrente conforme lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.