En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta circunscripción, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte querellada contra la sentencia dictada el 29 de marzo de 2007 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.