DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con la visión humanista que han caracterizado sus decisiones, a los fines de garantizar con mayor amplitud ese Interés Superior de rango constitucional, establecido en la Norma Suprema en el artículo 75; artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente y artículo 3 de la Convención Sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos facultativos, se declara parcialmente con lugar la presente acción de amparo y se ordena al Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control No. 5, de estricto cumplimiento al artículo 231 de la norma adjetiva penal, ordenando la reclusión de la ciudadana SUAREZ SALCEDO WILLIHANA en la residencia donde habite su niña a los fines de garantizar con suficiente amplitud el der.....