En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia Penal, en funciones de Control N° 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, adscrito al Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley" DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en causa por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 562 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese, y en su oportunidad, remítase al Archivo Central de este Circuito Judicial Penal.
Dada, firmada y sellada en sede de este Juzgado de Control N° 2 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en la ciudad de San Felipe, a los Dieciséis (16) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Si.....