Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda En consecuencia se condena a la parte demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO BRUZUAL, Se acuerda el pago de los Intereses sobre prestaciones sociales La indexación de los montos condenados El beneficio de Alimentación, los cuales deberán ser calculados mediante experticia complementaria del fallo bajo los siguientes parámetros: Desde el mes de febrero hasta el mes de Abril tomando en cuenta lo dispuesto en la Ley de Alimentación para los trabajadores, con el porcentaje mínimo de la unidad Tributaria. Hay condenatoria en costas a la demandada de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo. Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de origen una vez que trascurran el lapso establecido en la Ley.