ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado aportará a sus
hijos la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES SEMANALES, para su manutención a partir del día domingo dieciocho de noviembre del presente año que le entregará directamente a la madre de sus hijos, como también aportará el cincuenta por ciento de los demás gastos de medicina, asistencia médica, estrenos y aguinaldos en el mes de diciembre y para el niño mayor uniformes y útiles escolares en el mes de septiembre. Dicha cantidad corresponde al 29.4% del salario mínimo actual, el cual es de (Bs. 2.047, 50) y se incrementará en la medida en que aumente el ingreso que por concepto de sueldos perciba el obligado de autos o el incremento de los ingresos percibidos producto del ejercicio libre de la actividad comercial, todo lo cual está previ.....