REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Nirgua, dieciséis de diciembre del año dos mil trece.-
203º y 154º
Vista la acta que riela al folio catorce (14) del presente expediente, donde se evidencia que los ciudadanos: FELIX RUBEN GUEDEZ HIDALGO y NEIDA COROMOTO LINAREZ CHAVEZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.077.021 y V-14.210.398, parte demandada y demandante, respectivamente, convinieron el monto por solicitud de AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor de los niños: (Identificación Reservada), y donde el padre de los mismos: "Ofrece aportar como manutención a favor de sus hijos antes mencionados, la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,00) SEMANALES, a partir del VIERNES 13 de DICIEMBRE de 2013; los cuales los se los entregará a la demandante quien le firmará recibo que consignará posteriormente por ante este Tribunal, adicional a éste y.....