este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana YUSLENY ROSALY ORTEGA SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.052.554, sobre una bienhechuría construida en un área de terreno propiedad municipal, ubicado en el sector los Mochuelos, prolongación de la avenida Cartagena entre prolongación de las calles 33 y 34, Jurisdicción del Municipio Independencia del Estado Yaracuy