este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos LEDA ANTONIA COLINA COLINA, LEDIMAR VALENZUELA COLINA, MARCIAL JOSE VALENZUELA COLINA, RUBEN DARIO VALENZUELA COLINA, ZAIDA CONSUELO SANCHEZ PALACIO, HERLICAR CAROLINA RODRIGUEZ APONTE, LILIMAR MARIA VALENZUELA COLINA, AMADOR ANTONIO VALENZUELA PALACIOS Y LEOMAR ALFONSO VALENZUELA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros. V- 3.332.347, V-10.855.837, V-11.652.229, V-11.652.230, V-11.653.464, V-14.608.374, V-16.951.038, V-20.178.002 y V-20.468.741, respectivamente, sobre unas mejoras de ampliaciones, fomentadas sobre un área de terreno propio linderos y cuyas medidas, demás determinaciones constan en la solicitud que encabezan las presentes actuaciones; sin per.....