PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada, contra el auto motivado dictado en fecha seis (06) de noviembre de 2019 en el asunto signado con el Nro. UP11-L-2015-000130, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: SE MODIFICA la recurrida decisión en los términos de la motiva de la presente decisión y, en consecuencia SE ORDENA REPONER LA CAUSA al estado de notificar a la parte demandada UNIDAD COLEGIO LOS ANGELES y FUNDACION LOS ANGELES sobre la consignación de la Experticia Complementaria del Fallo, en el juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoado por la ciudadana CARMEN AMELIA VIERA DE GARCIA, contra la UNIDAD COLEGIO LOS ANGELES y FUNDACION LOS ANGELES, todos plenamente identificados a los autos. ASÍ SE DECIDE.