Declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada el día 20 de octubre de 2008 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
Queda firme el fallo apelado. Se condena al pago de las costas procesales a la parte demandante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.Remítase en su oportunidad el expediente al tribunal de origen.