esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE, el presente amparo constitucional, bajo la modalidad de omisión de pronunciamiento, interpuesto por el Abg. ALFREDO SIVIRA PERDOMO, defensor privado del ciudadano: JOSE ALBERTO MONTILLA TRAVIEZO, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.950.858, detenido en el Internado Judicial de San Felipe, estado Yaracuy, a quien se le sigue asunto penal Nº UP01-P-2009-000625, ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio Nº 5, a cargo del Juez Provisorio CESAR GIRON FADEL, por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL Y LESIONES PERSONALES, previstos y sancionados en el artículo 405 y 413 del Código Penal. Al haberse constatado que el Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control, no transgredió derecho o garantía constitucional alguna al ciudadano JOSE ALBERTO MONTILLA TRAVIEZO, identificado en autos,.....