este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada por los ciudadanos VICENTE SALVADOR EMILIO GRAVINA RIZZUTI y BLAS NICUDEMUS GRAVINA RIZZUTI, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-818.950 y V-236.884, respectivamente, con domicilio procesal en la avenida Caracas, entre avenidas 9 y 10, Centro Comercial Yuruani, primer piso, oficina N° 12, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, en contra de la Firma Mercantil FERRIYANDAL C.A.,