En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, le imparte su HOMOLOGACION al desistimiento formulado el día 16 de julio de 2.007, tanto por el apoderado judicial de la parte actora, abogado en ejercicio de su profesión Aldo Tescari Osorio, así como la apoderada judicial de la parte demandada, abogada en ejercicio de su profesión Zaidda Lavite Alvarado, otorgándole su APROBACION y en consecuencia se procede como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.