Esta CORTE SUPERIOR DE LA SECCIÓN PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada. ZENAIDA MARTINEZ ARTEAGA, en su condición de Defensora Privada del ciudadano adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), contra la decisión dictada en Audiencia Preliminar en fecha 12 de Junio de 2012, y publicados sus fundamentos en fecha 15 de Junio de 2012, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado, declara el cese de la medida impuesta al joven adolescente, establecida en el Arturo 559 y se le dicta Medida Cautelar de prisión preventiva de conformidad con el articulo 581, en concordancia con el articulo 628 parágrafo 2do de la Lopna, en el asunto principal UP01-D-2012-266.