PRIMERO: : SIN LUGAR la solidaridad alegada por la representación judicial de la parte demandante contra el ciudadano CAMILO TABOADA.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos Christopher Miguel Alejos Goncalvez, Oswaldo Ramón Montes, Oscar Juan Lucena y Johnny Bonilla Victoria, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.768.190, 16.449.018, 20.541.349 y 18.421.979, respectivamente, en contra de la empresa CERAMICAS VIZCAYA C.A., todos plenamente identificados up supra.
TERCERO: Se condena a la empresa Cerámicas Vizcaya C.A. Pagar a los ciudadanos Christopher Miguel Alejos Goncalvez, Oswaldo Ramón Montes, Oscar Juan Lucena y Johnny Bonilla Victoria, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.768.190, 16.449.018, 20.541.349 y 18.421.979, respectivamente, la cantidad de OCHOCIENTOS UN MIL TRESCIENTOS SESENTA SIN CENTIMOS (801.360,00)