En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: INADMISIBLE in limini litis por inepta acumulación de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL e INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS interpuesta por el abogado JOSE ANTERO GARFIDES GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.731.680, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 93.833, actuando en nombre propio y representación, contra la Sociedad Mercantil "BODEGON EL ANGAR EN YARITAGUA C.A", inscrita en el Registro Mercantil del Estado Yaracuy, bajo el N° 47, Tomo 9-A de fecha 05 de mayo de 2010, con domicilio en la carrera 14 esquina calle 17 de Yaritagua municipio Peña del Estado Yaracuy, en la persona de su Presidente HARLEY ALEXANDER GONCALVES SUA.....