Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio y declara disuelto el vínculo matrimonial, que unía a los ciudadanos JULIMAR MAYELA LOPEZ PUERTAS y GIOMER ALEXANDER ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.795.336 y 9.618.463 respectivamente, contraído el día 27 de agosto de 2009, por ante la Coordinación de Registro Civil de la Parroquia Campo Elías, municipio Bruzual del estado Yaracuy, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 21 del año 2009, de conformidad con la sentencia Nº 1070 de fecha 09/12/2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.